Por Juan José Herrera |24 de mayo de 2021, 18:10 PM

Luego de semanas de discusión los diputados acabaron este lunes de analizar las 149 mociones revisión al proyecto de empleo público, dando paso finalmente a la primera etapa de consultas de la cuestionada reforma.

La revisión de esas mociones y el análisis de otras 254 de reiteración había sumergido la iniciativa de ley en un pesado letargo legislativo, que además se complicó por la parálisis del Plenario a causa del COVID-19, trastocando el cronograma del Legislativo y el Ejecutivo para el proyecto estrella de la llamada agenda FMI.

El texto será enviado durante 10 días para la revisión de una serie de instituciones públicas, entre ellas el Tribunal Supremo de Elecciones, la Corte Suprema de Justicia, las 82 municipalidades, las universidades públicas y la CCSS.

Una vez superada esta etapa el texto volverá a Cuesta de Moras e iniciará de inmediato la discusión por el fondo de cara a la votación en primer debate.

En ese proceso cada diputado tendrá hasta 20 minutos para referirse al expediente.

Una vez votado, el expediente irá a la Sala Constitucional para su prueba de fuego: la consulta que decidirá si el proyecto, tal cual está redactado, puede convertirse en ley.

¿Qué cambió?

El principal cambio tras la etapa de mociones sin duda fue la inclusión completa de las municipalidades y las universidades públicas a los alcances propuestos por la reforma.

Las únicas que gozarán de esa exención serán las instituciones públicas en competencia, como el INS, ICE o los bancos. 

También quedó dispuesto que la reforma será tanto para empleados actuales como futuros; sin embargo, el salario global o único se implementará de manera gradual para aquellos que estén por debajo de este.

Tras mucha discusión, la rectoría del empleo público será para Mideplan, aunque la Dirección General del Servicio Civil se mantendrá como un órgano técnico. Su director será electo por los diputados.

En materia de convenciones colectivas su negociación seguirá siendo permitida, pero estas no podrán generar nuevas obligaciones en materia de remuneraciones o privilegios, ni cualquier otro acuerdo que signifique una mayor erogación para el Estado.