Diputados aprueban, en primer debate, actualización de canon para frecuencias
Con la reforma votada hoy se establecen tarifas máximas de hasta 7,73% sobre los ingresos brutos anuales en el caso de la televisión, mientras que para la radio el porcentaje máximo será de 3,13%.
Con 52 votos a favor y 2 en contra, la Asamblea Legislativa aprobó este lunes en primer debate una actualización al canon que deben pagar las empresas por el uso de las frecuencias de radio y televisión.
Se trata de una iniciativa presentada por la administración de Rodrigo Chaves (2022-2026) que plantea una reforma parcial a la Ley de Radio y a la Ley General de Telecomunicaciones.
El texto modifica el canon de radiodifusión actual para establecer una base imponible según los ingresos brutos de cada emisor.
Así, en el caso de la televisión, se establece que las empresas con ingresos anuales que no superen los 100 salarios base estarán exoneradas del pago de este canon; mientras que sobre el exceso de esos 100 salarios y hasta los 216, se cobrará una tarifa de 4,39%.
Entre los 216 y los 1.298 salarios base, el porcentaje subirá hasta el 6,17%. Después de los 1.298 salarios base, el canon máximo será de 7,73%.
En el caso de la radio, la exoneración también aplicará hasta los 100 salarios base. Por encima de ese monto y hasta los 216 salarios, el canon será de 1,51%.
De 216 salarios a los 1.298, la tarifa será de 2,52%. Cualquier monto por encima de esto pagará un máximo de 3,13%.
Estos cobros se harán anualmente a quienes se les hayan asignado frecuencias del espectro radioeléctrico para la operación de redes y la prestación de servicios de radiodifusión de acceso libre y gratuito, independientemente de que hagan uso de dichas frecuencias concesionadas o no, aclara el proyecto.
Hasta ahora, las compañías de radio y televisión pagan un impuesto anual con tarifas proporcionales a su potencia.
De igual forma, se introduce como causal de revocación y extinción de la concesión el incumplimiento en el pago en tiempo del canon, así como de la presentación de la declaración jurada de ingresos brutos para el pago del canon de radiodifusión o la presentación de declaraciones juradas de ingresos brutos y autoliquidaciones inexactas, con datos falsos, incompletos o inexactos.
La iniciativa también reforma las empresas que quedarán exoneradas del canon. Ahora, establece que solo podrán eximirse del pago las estaciones culturales que el Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) califique como tales, siempre y cuando no generen ingresos brutos anuales derivados de actividades comerciales por el aprovechamiento de las frecuencias.
También estarán exentas las estaciones pertenecientes a las universidades públicas y al Ministerio de Educación Pública.
Se establece además que la recaudación del 50% del canon irá para el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) para cumplir con su rectoría del sector, mientras que el 50% restante se destinará a la creación y funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo Audiovisual, administrado por el Micitt.
El jefe de fracción de Liberación Nacional, Álvaro Ramírez, advirtió que su bancada apoyará al proyecto con la condición de que ahora, una vez votado, la propuesta deberá superar una consulta de constitucionalidad.
En ese mismo sentido, tanto el PLN como el Frente Amplio y el PUSC expresaron dudas sobre posibles vacíos que podría tener el proyecto en su redacción actual.
"El proyecto utiliza los ingresos brutos como base imponible sin tomar en consideración los costos de operación, las inversiones realizadas o incluso la posibilidad de que una empresa opere con pérdidas, como sin duda probablemente ocurre en pequeñas radioemisoras locales, regionales o pequeñas televisoras de televisión abierta de las zonas alejadas del centro del país.
"Quienes probablemente sufrirán las afectaciones más severas no serán las grandes cadenas, sino las pequeñas radioemisoras regionales, familiares, que sobreviven con márgenes reducidos y que cumplen con una función social que muchas veces pasa inadvertida", advirtió la socialcristiana Abril Gordienko.
En caso de ser presentada esa consulta de constitucionalidad, el trámite de segundo debate se pausará a la espera de la respuesta que den los magistrados de la Sala IV.

