Por Juan José Herrera |12 de agosto de 2021, 18:00 PM

Los diputados aprobaron este jueves en segundo debate el expediente 22.158, que amplía el concepto de femicidio a aquellos casos de violencia contra las mujeres donde no mediaba ninguna relación.

Actualmente la legislación costarricense define que para que un crimen se considere femicidio debe existir una relación vigente o pasada entre la víctima y el victimario, de manera que cuando ese vínculo no existe se considera un homicidio.

Con este cambio, se podría juzgar como femicidio crímenes cometidos por familiares, vecinos o incluso un desconocido, sin importar si los hechos no hayan sido denunciados con anterioridad. 

La diputada oficialista Paola Vega, proponente del proyecto y quien debió ausentarse de la sesión de hoy pues está aislada por contacto COVID-19, había insistido durante el trámite de primer debate que el cambio era necesario y fundamental para juzgar con mayor severidad casos como los de Allison Bonilla, Luany Salazar o María Luisa Cedeño.

“Me siento orgullosa de este nuevo paso para prevenir y castigar la violencia contra las mujeres. Esta Asamblea Legislativa ha sido un espacio para el avance de proyectos que brinden mayor seguridad y protección a todas las mujeres”, dijo la legisladora.

De nuevo

Esta tarde también se aprobó nuevamente en primer debate el expediente 22.414, que reforma el Código Electoral para brindar mayor transparencia y acceso a la información a la población.

La iniciativa había recibido segundo debate la semana anterior; sin embargo, fue vetada por el Ejecutivo por existir dudas sobre si había sido consultada o no al Tribunal Supremo de Elecciones.

Con ese punto subsanado, los diputados volvieron a apoyarlo por unanimidad.

La iniciativa establece que para la inscripción de candidaturas en el Registro Electoral, es necesario incluir además biografías y fotografías de los candidatos a diputaciones, presidencia y vicepresidencia.

En el caso de la candidatura presidencial, además, se deberá incluir el programa de gobierno precisamente para evitar que una persona dispute la contienda electoral sin haber dado a conocer a la ciudadanía sus propuestas.