Por Juan José Herrera |7 de septiembre de 2023, 16:30 PM

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron esta tarde, en segundo debate, una reforma al Código Procesal Penal para definir los plazos en que los jueces pueden aprobar allanamientos.

El cambio en el artículo 193 les daría a los jueces un plazo máximo de 48 horas para resolver esas solicitudes en casos de tramitación ordinaria, mientras que el plazo sería de hasta tres días hábiles en procedimientos especiales de crimen organizado.

Esa solicitud había sido presentada al Congreso por el fiscal general, Carlo Díaz, y el presidente de la Corte Suprema, Orlando Aguirre, ambos como parte de las iniciativas para combatir la creciente criminalidad en Costa Rica.

La reforma, además, da también cinco hábiles a los jueces para resolver las solicitudes de anticipo jurisdiccional de la prueba.

Esto es recibir pruebas antes de la etapa de juicio en condiciones extraordinarias, por ejemplo, cuando se presume que un testigo no podrá declarar porque tiene que abandonar el país.

El otro cambio es que, a partir de esta ley, se le deberá dar prioridad a aquellos juicios o diligencias judiciales donde los testigos estén en peligro o amenazados, pues hoy esa prioridad solo se ofrece en virtud de las víctimas.

El proyecto pasará ahora a manos del Poder Ejecutivo para su sanción y futura publicación.

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