Por Juan José Herrera |13 de enero de 2025, 17:53 PM

El Plenario Legislativo aprobó este lunes, en primer debate y por unanimidad, el expediente 24114, que castigará con hasta 35 años de cárcel la violencia vicaria.

La propuesta, impulsada por el liberal Gilberto Campos con el apoyo de otros diputados, pretende castigar, y normar, lo que hoy el legislador calificó como una de las formas “más crueles” de violencia contra las mujeres.

“La violencia vicaria es de una de las formas más crueles que experimentan las mujeres, una que hasta la fecha no ha sido reconocida por el bloque de legalidad de Costa Rica ni de la gran mayoría de los países del mundo.

“Se puede entender como hacerle daño permanente a la mujer a través de lo que más quiere: sus hijos, sus padres, su núcleo cercano, sus posesiones más preciadas, hacerle daño a un tercero para hacerla sufrir, es una forma de violencia que se equipara a la tortura y que es parte de los círculos de violencia que tanto cuesta romper”, aseveró el liberal.

La iniciativa reforma la Ley Contra la Violencia Doméstica, la Ley de Penalización de Violencia Contra la Mujer y el Código de Familia para incluir la figura de la violencia vicaria en el ordenamiento jurídico costarricense, de manera que sus conductas puedan ser debidamente perseguidas y castigadas.

El proyecto la define como cualquier acción u omisión cometida por parte de quien mantenga o mantuvo una relación de matrimonio, de unión de hecho o relación sentimental con una mujer, y que por actuación propia o de tercero cause un daño “emocional, psicológico o patrimonial a la mujer”, ya sea “físico, psicológico, emocional o patrimonial a un descendiente, ascendiente, pariente colateral consanguíneo, por afinidad o adopción hasta el tercer grado inclusive, dependiente económico, animal de compañía o bienes muebles o inmuebles de la víctima”.

Así, por ejemplo, se castigará con entre 20 y 35 años de cárcel a quien dé muerte a un descendiente, ascendiente, pariente colateral consanguíneo, por afinidad o adopción hasta el tercer grado inclusive, dependiente económico, de la mujer con la que mantiene o mantuvo una relación de matrimonio, de unión de hecho o alguna relación sentimental.

La pena será de entre 1 y 3 años a quien, por cualquier medio, “golpee, maltrate física, psicológica o emocionalmente a un descendiente, ascendiente, pariente colateral consanguíneo, por afinidad o adopción hasta el tercer grado inclusive, dependiente económico, de la mujer con la que mantiene o mantuvo una relación de matrimonio, de unión de hecho o alguna relación sentimental”.

Además, si se maltratare o golpeare al animal o animales de compañía de la mujer con la que mantiene o mantuvo una relación de matrimonio, de unión de hecho o alguna relación sentimental, se impondrá la pena de prisión de 1 a 2 años; mientras que la muerte de este se castigará con penas de prisión de entre 2 y 3 años.

“Este proyecto es quizás uno de los más grandes logros en materia de protección de los derechos de las mujeres que en el Siglo XXI Costa Rica hará.

“Con la aprobación de este proyecto de ley, Costa Rica se convierte en una de las naciones a la vanguardia en protección de los derechos de todas las mujeres, las que hoy son parte de esta Patria y de las que vendrán”, celebró Campos.

El proyecto se votará en segundo debate el próximo 16 de enero.

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