Por Rodolfo González |21 de diciembre de 2021, 13:28 PM

El Tribunal Laboral de Apelaciones del Primer Circuito Judicial de San José  respaldó el despido, sin responsabilidad, de un trabajador que incitaba al suicidio y asesinatos masivos.

La decisión fue tomada a inicios de este mes de diciembre, cuando llegó a este tribunal una sentencia de primera instancia en la que se había condenado a la parte patronal por del despido del empleado.

El tribunal de apelación consideró que "dichas manifestaciones, además de inapropiadas, inaceptables e indeseables" agregando "tornan inviable el mantenimiento de la relación laboral y brindan respaldo a lo actuado por el patrono".

¿Qué fue lo que pasó?

En agosto del 2019 el trabajador fue despedido sin responsabilidad patronal por haber realizado esas manifestaciones.

El despido se basó en el artículo 81 incisos a) y l) del código de trabajo, los cuales permiten despedir sin responsabilidad a quienes se conduzcan en su trabajo de manera abiertamente inmoral o acudan a la calumnia, injuria o ataques.

El extrabajador decidió demandar a la empresa argumentando que debían de pagársele todos los extremos laborales, así como salarios caídos, pues no había mérito para despedirlo sin responsabilidad.

El tema llegó  a un juzgado laboral, el cual  condenó a la parte demandada y ordenó los pagos.

No obstante, el asunto llegó hasta el tribunal de apelación, el que señaló que: "se desprende que, en efecto, el actor en varias ocasiones mencionó su deseo de realizar un homicidio masivo y de su apoyo a la práctica del suicidio, incluso en su caso personal".

En la sentencia de segunda instancia se añade que el momento actual es  "un período histórico de la humanidad donde una y otra vez se suceden, lamentablemente, hechos de violencia de variada índole, entre otros homicidios colectivos, en escuelas, sedes de trabajo y áreas públicas, entre otros. Por ende, aseveraciones como las que nos ocupa, no pueden dejar de tomarse en serio, manifestaciones como las realizadas donde se menosprecia el valor de la vida propia así como la de terceros, lanzadas a viva voz, reflejan un esquema de valores, o bien de antivalores que resultan incompatibles con un ambiente sano de trabajo".

Juan Diego Zeledón, de la firma BDS asesores y abogados de la empresa que ganó la apelación, consideró que esta sentencia dicta un precedente fundamental en la legislación laboral del país. (Ver video adjunto)