Por Paulo Villalobos 29 de octubre de 2026, 12:23 PM

El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública condenó al exalcalde de Paraíso, Marvin Solano, a tres años de prisión por haber influido en 2016 en el otorgamiento de un permiso para la construcción de un motel en ese cantón cartaginés.

Sin embargo, el exgobernante local —quien estuvo en el cargo de 2002 a 2010 y de 2016 a 2019, cuando renunció en medio de cuestionamientos— también recibió el beneficio de ejecución condicional de la pena, con lo que no tendrá que descontar la pena en la cárcel (a no ser que cometa otro delito doloso).

La sentencia, dada a conocer este jueves y dictada una semana antes, incluye una inhabilitación para ocupar cargos públicos por los mismos tres años, así como el pago de ₡6,6 millones por daño social, intereses y costas.

Juicios

Pero la resolución no ha adquirido firmeza y parece difícil que ello ocurra pronto, pues la defensa de Solano, a cargo del abogado Yashin Castrillo, confirmó a Teletica que presentará una apelación por lo que considera una valoración errónea de la prueba por parte del órgano jurisdiccional.

El exalcalde fue encontrado responsable de tráfico de influencias en su forma agravada y fraude de ley en la función administrativa, dada una orden que este giró por escrito a la Jefatura del Departamento de Ingeniería de la Municipalidad de Paraíso en relación con un permiso para el levantamiento del alojamiento temporal, hace 10 años.

Durante el juicio, celebrado entre setiembre y octubre, la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) acusó que la instrucción del exgobernante local usó como respaldo un texto legal con el objetivo de darle apariencia de legalidad a la solicitud.

El Ministerio Público achacó un conflicto de interés en la tramitación de la gestión, pues algunos de los funcionarios que intervenían en el proceso de aprobación también trabajaban para la empresa que iba a construir el motel.

Castrillo recordó que este es el segundo debate que se celebra por los mismos hechos, y que en el realizado en 2023, su cliente fue absuelto, en tanto que los testigos declararon que Solano no influyó en el aval concedido. Pero el contradictorio fue anulado ante recursos de la Fiscalía y de la Procuraduría de la Ética Pública (PEP).

El jurista hizo ver que, durante el juicio de reenvío, el ingeniero encargado de dar el permiso declaró ante preguntas suyas, de las demás partes y del propio Tribunal Penal de Hacienda, que nunca fue influido para otorgar el permiso de construcción y que sus competencias incluían la posibilidad de dar o rechazar las gestiones de ese tipo.

Añadió que el funcionario afirmó bajo juramento haber cumplido con hacer la revisión correspondiente de los requisitos para dar el permiso.

"Sin embargo, en este caso, el tribunal se equivoca en la valoración de la prueba, pone a decir al testigo lo que nunca dijo para condenar a quien es inocente. Obviamente, se va a presentar el respectivo recurso y estoy 100% seguro, como nunca en mis 27 años de ejercicio profesional, de que va a ser declarado con lugar.

"No porque yo quiera que Marvin sea inocente o porque yo sea el defensor de don Marvin, sino porque la prueba que utiliza el tribunal que condenó a don Marvin nunca establece el hecho principal para arribar a esa sanción condenatoria de que Marvin haya influido sobre el ingeniero para otorgar el permiso", declaró el defensor.

Otro potencial motivo de apelación es el rechazo de una recusación (solicitud de separar) contra el juez Frank Paniagua presentada por el abogado, en virtud de una denuncia penal que este último presentó contra el primero en el pasado.

Castrillo explicó que la sentencia integral será comunicada este jueves y que, a partir del viernes, corre el plazo de 15 días hábiles para presentar las impugnaciones correspondientes.

El caso se tramita bajo el expediente 17-000022-0033-PE.

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