Sala IV declara sin lugar hábeas corpus por detención de Alonso Solís
El Alto Tribunal descartó que existiesen actuaciones arbitrarias por parte del Ministerio Público.
La Sala Constitucional declaró sin lugar el hábeas corpus —figura que protege a las personas de detenciones e incomunicaciones ilegítimas por parte de una autoridad— presentado por Alonso Solís Calderón, por su detención, el 14 de febrero pasado.
El Alto Tribunal avaló así las actuaciones de la Fiscalía Adjunta y el Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, al descartar que alguna de esas instancias incurriera en arbitrariedades al aprehender al exfutbolista de la Selección Nacional de Costa Rica y el Deportivo Saprissa, cuando este se apersonó junto a su pareja a realizar los trámites necesarios para cerrar una causa que se le seguía por aparentes ofensas a la dignidad.
Así se desprende de la resolución 2024-6515, emitida el viernes anterior por los magistrados, pero dada a conocer hasta este lunes, a través de un comunicado de prensa.
El también cantante y expresentador de televisión alegó que su captura respondió a un "show" por parte de la Fiscalía.
No obstante, los altos jueces lograron constatar que el exfutbolista debió presentarse a una indagatoria el 1.° de diciembre de 2021; sin embargo, no compareció a aportar sus datos de identificación, ni tampoco para indicar un medio para recibir notificaciones.
Además, el 27 de enero de 2022 el Ministerio Público solicitó al Juzgado Penal decretar rebeldía y orden de captura contra el recurrente, lo cual se hizo por resolución del 7 de febrero de 2022, como lo dio a conocer Teletica.com.
Para los jueces constitucionales, la detención ejecutada el 14 de febrero de 2024 se respaldó en una resolución formal, dictada en razón de la desatención del tutelado al proceso.
Por otra parte, el mismo día, el Ministerio Público puso al exjugador a la orden del órgano jurisdiccional para una audiencia de medidas cautelares. Las disposiciones, no obstante, fueron descartadas luego de que la víctima —la actual pareja de Solís Calderón— desistió del proceso.
Fue entonces cuando el Juzgado Penal ordenó la inmediata libertad del imputado y dejó sin efecto la declaratoria de rebeldía del 7 de febrero de 2022.
La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a la respectiva publicación en la plataforma de consulta de jurisprudencia Nexus.