Por Natalia Jiménez Segura |26 de mayo de 2022, 10:18 AM

La Sala Constitucional condenó a tres hospitales por "tirarse la bola" a la hora de brindar atención odontológica a un niño de nueve años con autismo.

La familia del paciente interpuso un recurso de amparo por considerar que se violentó su derecho a la salud, hecho que los magistrados confirmaron.

Según indica la sentencia, en agosto de 2021, la persona menor de edad fue atendida en Odontología del Hospital Nacional de Niños, sin embargo, se le refirió al Hospital San Juan de Dios. Días después, ese centro médico devolvió al ofendido al de Niños para una revaloración.

Siete meses después, en marzo de 2022, el centro pediátrico, nuevamente, refirió al amparado a otro hospital, esta vez al Centro Nacional de Rehabilitación (Cenare), para un procedimiento de ortopedia maxilar. Este último determinó que carecía de la capacidad para realizar el procedimiento y lo devolvió al Hospital de Niños.

"Ante tal panorama, el Tribunal concluyó que se vulneraron los derechos fundamentales del amparado, máxime tomando en cuenta que al momento de interposición del recurso no se había determinado a qué centro médico le correspondía la atención definitiva del caso", indicó la Sala IV.

En la sentencia, los magistrados ordenaron a los jerarcas de los tres centros de salud a que, inmediatamente, coordinaran para determinar quién debía atender al paciente, a quien se le hará el tratamiento en un plazo máximo de un mes.

“Es responsabilidad la Caja Costarricense de Seguro Social y de los centros médicos que la integran tomar las previsiones necesarias y coordinar los mecanismos idóneos para brindar un eficaz y eficiente servicio que garantice la plena realización del derecho fundamental a la salud", dijo el magistrado redactor, Paul Rueda.

La resolución fue dictada de forma unánime este miércoles 25 de mayo.

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