Por Mariela Montero Salazar 17 de febrero de 2026, 17:10 PM

Recientemente, la BBC publicó una investigación que reveló cientos de videos de parejas grabados con cámaras ocultas en habitaciones de hoteles en China, que luego fueron vendidos como pornografía en redes sociales. 

La publicación generó preocupación sobre la posibilidad de que algo similar ocurra a nivel mundial.

Para entender qué ocurre en Costa Rica, Teletica.com consultó a dos especialistas en Derecho para explicar qué tan regulado está este tema en el país y qué deben exigir los huéspedes.

En Costa Rica, aunque no existe una normativa específica sobre cámaras en habitaciones, la Constitución Política, en su artículo 24, protege el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. 

Según Juan Esteban Durando, abogado especializado en Derecho Digital, “a partir de este derecho fundamental derivan también los derechos a la vida privada y a la protección de datos personales. La jurisprudencia de la Sala Constitucional ha fijado lineamientos sobre el uso adecuado de sistemas de vigilancia en ámbitos privados”.

Por su parte, Bernan Salazar, abogado penalista especializado en protección de datos, agrega que “la captación de imágenes o videos también está protegida por la Ley de Protección de Datos Personales, que exige un consentimiento informado del titular para el tratamiento de esas imágenes”.

Ambos coinciden en que la recopilación de imágenes mediante videovigilancia también se protege a través del Código Civil, que prohíbe publicar, reproducir, exponer o vender la imagen de una persona sin su consentimiento.

¿Dónde se pueden colocar cámaras? 

Los hoteles pueden instalar cámaras, pero bajo criterios estrictos. Salazar explica:

“Las cámaras deben limitarse a áreas públicas como recepción, pasillos, estacionamientos, piscinas y áreas recreativas. Está totalmente prohibido grabar en habitaciones, baños o áreas privadas, aunque el huésped firme algún consentimiento”.

Además, los ojos electrónicos deben contar con un consentimiento del huésped, que puede ser tácito mediante carteles visibles que indiquen que se está grabando, o explícito al firmar un documento al registrarse en el hotel.

“Si un huésped fuera engañado y firmara un consentimiento sin leerlo, el hotel igual no puede instalar cámaras en la habitación”, aclara Salazar.

¿Qué derecho tiene el hotel sobre esas imágenes? 

En Costa Rica no solo está regulado dónde se colocan las cámaras, también existe normativa sobre el manejo de las imágenes.

“Las empresas deben justificar para qué se colocaron las cámaras, y tiene que ser una necesidad objetiva, como proteger bienes, garantizar la seguridad del personal o resguardar a los clientes. Las grabaciones no pueden usarse para otros fines”, explica Salazar.

Las imágenes deben registrarse en la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), contar con sistemas de protección contra accesos no autorizados y tener un plazo de conservación limitado, normalmente de entre 30 y 90 días.

“Estas imágenes no pueden difundirse públicamente y solo pueden ser requeridas por autoridades judiciales mediante orden legal”, asegura Salazar.

¿Qué hacer si sospecho que fui grabado indebidamente en un hotel?

Durango explica los pasos legales que puede seguir un huésped:

1. Acudir a la Prodhab para denunciar un tratamiento de datos personales sin consentimiento.

2. Acudir a la vía civil si se causó algún daño patrimonial o moral, solicitando indemnización por daños y perjuicios.

3. Presentar un recurso de amparo ante la vía constitucional para exigir la remoción de las cámaras y la reparación de daños.

“Es importante que los sistemas de videovigilancia estén señalizados mediante carteles visibles, indicando el responsable del tratamiento y cómo ejercer los derechos de acceso a la información”, agrega Durango.

Teletica.com también consultó a la Cámara de Hoteles de Costa Rica sobre este tema y sobre si conocen denuncias al respecto; al cierre de esta nota, no se había recibido respuesta.


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