Por Jason Ureña 18 de julio de 2026, 18:57 PM

La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) recomendó reformas legales para que el Ministerio de Salud pueda aplicar el reglamento sobre el reporte de pacientes con trastornos mentales. 

La entidad envió su criterio a solicitud de la Sala Constitucional, donde se analiza una acción de inconstitucionalidad sobre el decreto. 

"Se considera que eventuales reformas legales en esta materia son convenientes para que haya una mejor regulación en relación a los cuestionamientos planteados con respecto a la transmisión de datos al Ministerio de Salud que provienen de la recolección de datos sensibles dados en procesos clínicos a profesionales", indicó David Rodríguez Suárez, director de la Prodhab.

Rodríguez, destacó en el criterio, que el Ministerio ha logrado manejar información sensible de pacientes en otros momentos, como en la pandemia. 

"Desde el conocimiento y participación que ha tenido la Prodhab en experiencias
previas con el Ministerio de Salud, se considera que las herramientas para el tratamiento de datos personales de salud física y mental han sido debidamente creadas y aplicadas por el ministerio hasta donde tiene conocimiento esta Agencia", añadió.

Según la Prodhab, el artículo 5 de la Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales, establece que no será necesario el consentimiento expreso cuando los datos deban ser entregados por disposición constitucional o legal. Y el artículo 8, habla de excepciones a la autodeterminación informativa. 

La posición dista con lo señalado por la Procuraduría General de la República (PGR), que advirtió vicios de inconstitucionalidad por una violación al artículo 21 de la Constitución Política que habla sobre la intimidad de las personas. 

El reglamento obliga a los médicos a suministrar la identificación y los diagnósticos de los pacientes, incluyendo si se trata de trastornos mentales.