Por Natalia Jiménez Segura |1 de agosto de 2021, 11:53 AM

A partir de este domingo 1° de agosto los conductores deben actualizar su carta para poder transitar con restricción vehicular.

La de junio y julio venció este sábado 31, por lo que si lo descubren portando la carta anterior lo podrían multar.

La que entra a regir hoy, tendrá una validez por los meses de agosto y setiembre.

Según las autoridades, la carta puede ser presentada en formato físico o digital. Además, si cuenta con gafete institucional o empresarial, está obligado a mostrarlo junto con la carta de excepción.

En el caso de los trabajadores independientes, deben portar y presentar un documento, también físico o digital, que respalde sus labores y movilización en las horas restringidas.

Las excepciones de las restricción van desde motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio hasta visitas a veterinarias.

En este enlace usted podrá encontrar las especificaciones que debe llevar la carta, así como "un machote" descargable.

La restricción para esta primera semana de agosto queda de la siguiente manera: