Por Stefanía Colombari |12 de junio de 2022, 16:56 PM

El Ministerio de Seguridad Pública eliminó la restricción de uso de barba o bigote en los oficiales de sus cuerpos policiales.

De esta forma el 7 de junio de 2022 por medio de una circular del director general de la Fuerza Pública, dejó de regir la Circular llamada “Restricción sobre el uso de vello facial como medida para disminuir el riesgo de contagio del Coronavirus COVID-19”.

Esta medida se había ejecutado porque se asumía que el vello facial disminuía la efectividad de las mascarillas de protección.

La medida se desactiva tomando en cuenta que actualmente el uso de a mascarilla de forma obligatoria se aplica solo para los funcionarios de salud de primera línea de atención del sector público y privado del país y de aquellos que quieran acceder a un centro de salud del país.

Esta decisión se argumentó también en que la regulación de la barba, es reconocida por la Sala Constitucional como proporcional y adecuada. También está incorporada al Reglamento de Uniformes de los Cuerpos Policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Públca.

Este reglamento en su artículo 6 señala que se debe portar en toda ocasión el uniforme completo con esmerada pulcritud y elegancia. Así como que en el caso de los varones, se permite el uso de la barba completa, incluyendo el bigote.

En el caso de la barba esta debe iniciar en el arco superior de la oreja y hasta la línea posterior del cuello, haciendo un arco continuo. Se debe usar recortada, arreglada, y uniforme con una longitud máxima de cinco milímetros de espesor. El resto del rostro deberá estar afeitado, perfilando los bordes de la barba.