MEIC pide a influencers indicar si publicaciones son pagadas
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio presentó la “Guía para promover la veracidad de la publicidad realizada por influencers en redes sociales".
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) presentó, este martes, la “guía para promover la veracidad de la publicidad realizada por influencers en redes sociales”.
Esta propuesta tiene como fin orientar a los influencers, debido a la responsabilidad que tienen. Además, pretende que cumplan con las normas de publicidad, en cuanto a la veracidad de las publicaciones y anuncios de marcas.
“Las personas que tienen un rol de influencer pueden incidir en la toma de decisiones de su audiencia y, en los tiempos actuales donde el comercio electrónico y el uso de las redes sociales ha ido en constante aumento, se vuelve necesario promover buenas prácticas. Esta guía es un primer paso que busca transparentar la divulgación de contenido de cara a los consumidores”, comentó Victoria Hernández, ministra de Economía.
El instructivo brinda una serie de recomendaciones para que el consumidor pueda identificar cuando se trata de una publicidad pagada o patrocinada, por ejemplo:
- Si se mantiene algún tipo de relación financiera, laboral o personal para publicitar una marca, producto, servicio o empresa.
- Si se recibe algún beneficio o pago por la publicidad realizada de una marca, producto, servicio o empresa.
- Si la marca ofrece un patrocinio, productos gratuitos o descuentos, aún si el producto ofrecido o recibido es distinto a aquel que se representa o promociona.
Además, se incluyen definiciones de términos como publicidad comercial digital, sorteos o los conocidos “giveaways” o regalías, entre otros.
En relación a las publicaciones, la guía cuenta con consejos de prácticas incorrectas al presentar o promocionar una marca o empresa como las siguientes:
- Divulgar experiencia sobre un producto que no se ha utilizado.
- Promocionar productos con características distintas a las que realmente posee.
- Engañar a los consumidores, indicando que un producto es bueno, cuando la persona considera lo contrario.
Sobre el contenido, este debe ser claro y comunicarse en términos sencillos, lo cual incluye las divulgaciones o comentarios de la relación que mantiene la figura pública con la marca o empresa; de lo contrario, podría considerarse como una publicación que induce a confusión al consumidor. Se detallan las siguientes recomendaciones:
- Debe divulgarse en un lugar visible, la relación que se mantiene con la marca; preferiblemente que se ubique en el sitio de inicio o en el perfil de la cuenta o bien, al final de cada publicación.
- Pueden utilizarse términos como “embajador de”, “anuncio pagado por” o “patrocinado por” y evitar las abreviaturas que induzcan a confusión.
- La relación con la marca debe ser descrita en el mismo idioma que la publicación y no debe mezclarse entre un grupo de etiquetas (hashtags), ni debe hacerlo con letras pequeñas, borrosas o con excesos de emoticones.
- Si se realizó la publicación a través de una imagen o video en una plataforma como Snapchat, Facebook e Instagram Stories, se debe incluir la divulgación.
- En caso de que la publicación sea un video, la divulgación debe aparecer en el video y en la descripción, de tal manera que el espectador pueda escucharla y leerla.
- Si realiza una transmisión en vivo, debe repetir periódicamente el detalle de la relación con la marca para que los espectadores que ven solo una parte de la transmisión tengan acceso a la divulgación.
Toda publicidad debe apegarse a lo establecido en la sección quinta del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley 7472, Decreto Ejecutivo 37899-MEIC. Además, es importante resaltar que ante algún incumplimiento a la normativa en publicidad, el artículo 57 de esta ley, establece para la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), un marco sancionatorio.
El documento fue aprobado en el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC) y fue elaborado sobre la base de mejores prácticas internacionales por Costa Rica y Panamá, para su réplica en todos los países de Iberoamérica.
La guía completa se encuentra en este sitio web. Además, puede ver el video adjunto para más detalles.