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Este 11 de abril es día de pago obligatorio; si usted trabaja, entonces se le paga doble
Ningún trabajador está en la obligación de laborar el feriado, únicamente si está de acuerdo.
El Código de Trabajo establece que el 11 de abril es un día feriado de pago obligatorio.
Pero, además, si se trabaja la empresa deberá agregarle al salario de un día sencillo para que se complete el pago doble que establece la ley.
Ningún trabajador está en la obligación de laborar el feriado, únicamente si está de acuerdo.
Si se niega a trabajar en esa fecha, no puede ser sancionado por esa causa.
En el caso de laborar horas extras en este feriado se debe pagar a tiempo y medio doble, es de decir se convierte en un pago triple.
El patrono que no pague un feriado que se labore se expone a una sanción máxima cercana a los 10 millones de colones.
Los únicos feriados que no son de pago obligatorio son el 2 de agosto y el 12 de octubre.