Por Luis Jiménez |24 de octubre de 2020, 9:15 AM

Una convención colectiva firmada entre sindicatos y el Ministerio de Educación Pública (MEP) desató la polémica en los últimos días. Incluso, el presidente Carlos Alvarado y otros jerarcas del Gobierno fueron denunciados ante el Ministerio Público por esa razón. 

Ante este panorama, es preciso preguntarse, ¿qué es una convención colectiva?

Este tipo de acuerdos son un derecho constitucional: se originan porque la Constitución Política (artículo 62) establece que son posibles, siempre y cuando se adapten a la ley.

Además, el Código de Trabajo y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) amparan este derecho humano fundamental de las personas trabajadoras.

¿Quiénes pueden pedir una convención colectiva? En Costa Rica, todos aquellos trabajadores públicos o privados que integren un sindicato dentro de la misma empresa y que, por lo menos, alcancen más de una tercera parte de los trabajadores de ese centro laboral. Una vez que están sindicalizados, pueden sentarse a negociar la convención.

¿Cuál es el objetivo? Lo que busca este acuerdo es que las partes de una negociación traten de mejorar los derechos mínimos que la ley otorga a los trabajadores.

Los beneficios que se logran por convención no son exclusivos para los trabajadores sindicalizados, sino para todos los que trabajan en el lugar.

Las negociaciones de este tipo pueden tardar muchos meses. Cuando se alcanza un acuerdo, se debe tomar la decisión de cuándo van a regir las condiciones establecidas.

El Código de Trabajo, en su artículo 56, dice que la convención colectiva es por mínimo un año y máximo tres; pero si alguna de las partes no la denuncia, automáticamente se vuelve a renovar.

Cuando la convención colectiva se firma entre las partes (patrono y sindicato), el siguiente paso le corresponde al Ministerio de Trabajo para su debida aprobación. Esa cartera revisa que no tenga ningún acuerdo contra la ley, porque las convenciones tienen fuerza de ley.

Polémica convención

En la nueva convención colectiva del MEP, firmada por las partes el pasado 16 de octubre, figuran dos compromisos asumidos que han dado mucho de qué hablar en los últimos días:

  • Incluir en la planilla a 4.500 funcionarios que laboran en comedores en los próximos dos años.
  • Se exime el reintegro de los pagos salariales generados por error por parte del sistema de Gestión Integral del MEP.

Ante los cuestionamientos, el MEP asegura que esta convención fue revisada y discutida en muchas ocasiones para su aprobación.

“En cuanto a las eventuales diferencias salariales, puede ser que se han hecho pagos de más, pero estamos valorando la posibilidad de que una institución externa pueda dictaminar y confirmar que así fue”, dijo Carlos Rodríguez, asesor jurídico del Viceministerio Administrativo del MEP.

Según Rodríguez, “la administración está en la línea en que si hay montos de más, se tienen que cobrar. Si el cobro lo hacemos por la parte administrativa, sería más rápido el reintegro, pero en este momento seguimos un procedimiento para cumplir con el principio del debido proceso y las personas tengan el derecho a la defensa y si todo sale bien duraría alrededor de un año”.

El vocero asegura que los cobros del dinero por la vía administrativa serían la mejor opción; pero, de no ser así, se elevaría a la parte judicial.

“Hay unos 79.000 docentes que puede ser que se le haya determinado pagos de más, la planilla del MEP es voluminosa y los rubros son diferentes en cada una de las personas, dependiendo de los años laborados. En cuanto a los administrativos, el pago es diferente. La determinación de los montos es lenta y desde que se promulgó la Ley 9635 (Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) se está desarrollando una metodología que nos permita determinar todo esto”, agregó Rodríguez.

Sobre el traslado a la planilla del MEP de 4.500 funcionarios que laboran en comedores escolares, considera que “conlleva a una situación especial porque la idea es que se les normalice una situación laboral para tener estabilidad, porque cuando son contratadas por las Juntas de Educación es por un año y les genera mucha incertidumbre”.

Para Rodríguez, este traslado de colaboradores no genera ningún aumento en la planilla del Gobierno porque los recursos, hoy día, se le ceden a las Juntas Administrativas o de Educación y ellos contratan el personal; pero, de llegar a ser funcionarios del ministerio, los recursos serían trasladados al MEP.

Teletica.com conversó con Marco Durante, abogado laboralista, quien asegura que la convención colectiva del MEP tuvo que ir a una comisión interinstitucional del Estado para tener el visto bueno y luego ir a negociarla.

“La comisión interinstitucional nace de un reglamento que se crea en el 2001 y aunque el ministro de Hacienda tiene que tomar parte de esta comisión, a título personal no va, pero manda a un delegado. La convención colectiva del MEP tuvo que ir a esta comisión porque es un requisito”, comenta Durante.  

Además, asegura que “el ministerio tiene que revisar bien esta convención porque puede tener problemas y, entre otras cosas, el Código de Trabajo dice que cuando un patrono hace pago en extremo o demás al trabajador, puede cobrarlo en el tiempo que la persona labore”.

“El MEP dice que los trabajadores de los comedores escolares no les genera mayor gasto, pero eso no es así porque el ministerio no tiene presupuesto propio y la plata para pagar los salarios y gastos salen de la Ley de Presupuesto Nacional, ordinario y extraordinario”, añade.

El abogado laborista aclara que si el Ministerio de Trabajo rechaza la convención colectiva las partes tienen que volver a la mesa de negociación para que quede en firme, porque aún no lo está.   

Con respecto a la firma que el presidente Carlos Alvarado le da a la convención y por la que hoy está siendo investigado en la Fiscalía General de la República ante el posible delito de incumplimiento de deberes, Durante considera que estuvo mal.

“El Presidente comete un error al firmar como testigo de honor porque, la verdad, eso es lo que hace. Si se revisan otras convenciones colectivas no se va a encontrar a un presidente firmando, así que no es común que haya testigos de honor como en este caso”, puntualizó.