Por Mónica Matarrita |6 de marzo de 2025, 16:05 PM

Recientes casos de adolescentes que han desaparecido en su camino al colegio, sitio al que nunca ingresaron, encienden las alertas de los expertos y abren el debate de si los centros educativos deberían alertar a los padres inmediatamente en caso de que sus hijos se ausenten.

Reina Elizabeth Martínez Ruiz es una estudiante de 13 años, a quien se le perdió el rastro el pasado 17 de febrero. La vecina de Curridabat desapareció cuando iba para el colegio, en Tirrases, pero sus padres no se percataron de que no llegó a clases hasta la hora de la salida.

Algo similar ocurrió con una adolescente de 16 años, vecina de Coronado, quien desapareció y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) encontró en Parrita. Salió de la casa hacia su centro de estudios, pero no entró y su familia se dio cuenta hasta que llegó a recogerla.

Ante estos escenarios, los especialistas recalcan la importancia del control sobre la ausencia de los estudiantes y las alertas que podrían emitirse desde los centros educativos.

“Yo quisiera hacer un llamado de atención a las instituciones educativas: cuando no llegue un alumno a clases, hay que darle seguimiento, pero no seguimiento al mes, con las ausencias, sino tener esa malicia ahora de que hay que llamar a la casa. 

“En la ficha de la matrícula hay un número de teléfono del padre o encargado: ‘¿Su hijo vino hoy a la institución? Su hijo no entró a clases, ¿usted sabe por qué?, ¿está enfermo?’. Darle ese seguimiento, son personas menores de edad y hay una responsabilidad también del centro educativo”, explicó Rocío Solís, psicóloga y exviceministra del MEP.

Consultados sobre si existe un protocolo, en el Ministerio de Educación Pública (MEP) explican que cuentan con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, con el que regulan el mecanismo para justificación de asistencia, ausencias o llegadas tardías de los estudiantes.

El MEP asegura que es una responsabilidad que recae sobre el padre, madre o encargado legal. Además, explicó que el reglamento establece los derechos y deberes tanto de la persona estudiante como de la persona encargada legal en relación con el proceso educativo.

“Es importante resaltar la responsabilidad legal que tienen los padres de familia y encargados directos de mantener comunicación con el centro educativo y mantener una comunicación asertiva con la persona estudiante. También se debe recordar lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia, artículo 64, participación en el proceso educativo.

“Será obligación de los padres o encargados matricular a las personas menores de edad en el centro de enseñanza que corresponda, exigirles la asistencia regular y participar activamente en el proceso educativo, y artículo 72, deberes de los educandos: asistir regularmente a lecciones”, dijo la Dirección de Prensa del MEP. 

Los especialistas también recalcan la importancia de que los padres puedan establecer una comunicación directa con los centros educativos.

“También hay que hacer un llamado de atención a los padres de familia: hay que poner bastante atención sobre los signos, algunos datos que dan los hijos de que algo está pasando, y estar atentos a ellos, y no decir: ‘Son cosas de chiquillos y no va a pasar nada’. Hoy vemos que los jóvenes sí están atreviéndose a irse de la casa, sabiendo todo lo que eso acarrea y los peligros a los que se exponen porque son menores de edad”, agregó Solís.

La desaparición de Reina Elizabeth sigue bajo investigación y si usted sabe algo sobre ella, puede llamar a la línea confidencial del OIJ, 800-8000-645.

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