Por Julio Naranjo |29 de enero de 2020, 15:05 PM

La Contraloría General de la República (CGR) declaró sin lugar el recurso presentado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz, contra la orden que obliga al Poder Judicial a cumplir a cabalidad con la reforma fiscal.

El recurso de revocatoria con apelación se presentó el pasado 19 de diciembre, donde la mayoría de los magistrados plantearon sus observaciones para rechazar la directriz del ente contralor.

“Se declaró sin lugar la medida cautelar correspondiente, así como el recurso de revocatoria, emplazándose al recurrente ante el Despacho de la Contralora General de la República”, señaló la Contraloría a Teletica.com. 

El Área de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa notificó el oficio este martes al despacho de la contralora Marta Acosta, quien tendrá tres días hábiles contados a partir de hoy para alegue lo pertinente.

La Contraloría resolvió conforme a las consideraciones de hecho y de derecho establecidas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y de la Ley de Administración Pública.  

En un primer apartado los magistrados cuestionaban que el área técnica de la Contraloría de la cual emana la orden, no tienen competencia para ordenar al presidente de un supremo poder de la República.

“Tampoco se ha producido por parte de la Contraloría General o alguno de sus funcionarios desconocimiento o desatención a lo resuelto por la Sala Constitucional en la citada acción de inconstitucionalidad, todo lo contrario, las actuaciones realizadas se han dado en el marco de un absoluto respeto a lo decidido por el alto Tribunal”, responde la Contraloría en el oficio.

Con el fallo, la Contraloría señala que se mantienen incólumes los términos establecidos en la directriz enviada en diciembre anterior que obliga al Poder Judicial y sus funcionarios a cumplir con la Ley de Fortalecimiento de Finanzas Públicas.

Cabe recordar que en marzo la Corte Plena había acordado mantener el pago de anualidades como un porcentaje, no como un monto nominal, tal y como lo ordena la reforma.