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Cobro del Impuesto a Sociedades vence este 2 de febrero

Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, señaló que todas las sociedades inscritas en el Registro Nacional deben pagar este tributo, sin importar si están activas o no.

Por Adrián Fallas |29 de enero de 2015, 9:07 AM

Este dos de febrero se vence el plazo de la recaudación del Impuesto a Personas Jurídicas.

Este tributo debe ser pagado por todas las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades en comandita, sociedades colectivas, empresas individuales de responsabilidad limitada y las sucursales de sociedades extranjeras, según explicó el Colegio de Contadores Públicos.

Guillermo Smith, presidente del Colegio, señaló que todas las sociedades inscritas en el Registro Nacional deben pagar este tributo, sin importar si están activas o no.

Se considera que las sociedades que sí están activas son aquellas que están inscritas ante el Registro de Contribuyentes de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda. Estas deben pagar ₡201.700, el equivalente a medio salario base de un oficinista.

Las sociedades que no están activas deben cancelar ₡100.850.

El pago se puede reaalizar en Internet mediante la plataforma del Ministerio de Hacienda o en las agencias del Banco de Costa Rica.

El Colegio de Contadores recuerda que este pago no es un gasto deducible de la declaración del impuesto sobre la renta.