Por Luis Jiménez 9 de febrero de 2026, 16:10 PM

“Ningún proceso se lleva más del año”, afirmó Saúl Umaña, abogado defensor de Rándall Zúñiga, al referirse al procedimiento disciplinario que se sigue contra su representado.

La Corte Plena resolvió, este lunes, mantener por tres meses más la suspensión de Zúñiga como director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ). La medida cautelar, que vencía el próximo 18 de febrero, se extenderá ahora hasta el mes de mayo, según lo acordado por los magistrados durante la sesión ordinaria.

De acuerdo con Umaña, este tipo de resoluciones son normales dentro de los procesos disciplinarios de naturaleza administrativa.

"La Ley Orgánica del Poder Judicial establece un plazo máximo de un año para que el Tribunal de Inspección Judicial recabe los elementos de prueba, los ponga en conocimiento de las partes denunciantes y, posteriormente, se celebre una audiencia o comparecencia con la participación de las partes y testigos , lo cual aún no ha ocurrido", señaló Umaña.

El proceso disciplinario se encuentra en etapa de investigación y aún no se ha realizado la audiencia correspondiente. La suspensión fue prorrogada con el fin de otorgar más tiempo al órgano instructor para desarrollar las pesquisas conforme a derecho, respetando los plazos y garantías establecidas.

"Creo en la administración de Justicia en este país y estoy seguro de que se tramita con el más estricto apego de objetividad, imparcialidad y respeto a los principios de inocencia ante el debido proceso.

"Don Rándall está muy tranquilo y tiene claro que este tipo de situaciones acontecen en la tramitación de procesos disciplinarios", agregó Umaña.

La suspensión de Zúñiga responde a varias denuncias presentadas en su contra por presunta violación a mujeres, las cuales se encuentran bajo investigación. 

Mientras se resuelve su situación jurídica, la jefatura del OIJ permanece de manera interina a cargo de Michael Soto.

Rándall Zúñiga fue separado del cargo desde el miércoles 29 de octubre de 2025, como parte de las medidas cautelares adoptadas en el marco del proceso disciplinario.

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