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25 de diciembre y 1 de enero son feriados de pago obligatorio
El empleado, entonces, deberá recibir un pago extra por la jornada y su patrono está en la obligación de reconocérselo.

Pese a que durante las festividades de fin de año muchas personas disfrutan de sus vacaciones, para quienes no lo hagan, el 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados de pago obligatorio.
Esto quiere decir que todo trabajador los tendrá libres, pero en caso de que deba laborar, su pago será doble.
El empleado, entonces, deberá recibir un pago extra por la jornada y su patrono está en la obligación de reconocérselo.
El Ministerio de Trabajo también recuerda que los feriados no pueden trasladarse a otra fecha, y que ningún empleado puede ser sancionado por negarse a trabajar ese día.