Por Juan José Herrera |22 de marzo de 2022, 16:48 PM

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) no descarta abrir una investigación para determinar quién está detrás del polémico anuncio que muestra a un grupo de jóvenes lanzándose de un edificio, mientras una voz asegura que votar por Rodrigo Chaves (PPSD) sería dar un salto al vacío.

El asesor político del TSE, Gustavo Román, confirmó a Teletica.com que el video ya es de conocimiento del Tribunal y que están esperando a ver si alguna de las dos tendencias asume la autoría de este, para lo cual tienen tiempo hasta el 15 de abril próximo.

“Un anuncio como estos, no estos sino en realidad todos, tienen que ser reportados al TSE dentro de la liquidación de gastos de los partidos. Esperamos que algún partido se lo atribuya y sino iniciaremos una investigación para tratar de determinar, en la medida de lo posible, quién es el responsable”, dijo Román.

El asesor explicó que si ninguna de las dos campañas que se disputan la presidencia de la República lo reporta como suyo, iniciarán con un proceso de averiguaciones para tratar de determinar su responsable y si detrás de este está o no un partido político.

“Por ejemplo, podríamos pedir a una plataforma de redes sociales como Facebook que nos indique la tarjeta de crédito con la que se pagó la pauta de un anuncio, eso por poner un ejemplo. No podría decir que eso se vaya a hacer en este caso, pero sí en el pasado el TSE ha girado oficios a agencias publicitarias para determinar quién les pagó por un trabajo, entonces son medios de averiguación de los que se disponen, hay una variedad de recursos a los que puede echar mano un investigador”, agregó Román.

Polémico

Hasta ahora se desconoce quién produjo ese video que circula en redes sociales y que ha sido criticado ampliamente, tanto por Liberación Nacional como por el Progreso Social Democrático.

Eso sí, ambas tendencias han insinuado o declarado abiertamente que esa producción viene de la acera rival.

Román explicó que, en el caso de abrir una investigación, el régimen jurídico electoral establece tres limitaciones para la publicidad: una temporal (que no se dé en veda), una espacial (que no esté en vía pública, por ejemplo) y una tercera por su contenido.

En esta última, la Constitución Política sanciona la invocación de motivos religiosos, mientras que la Convención Americana de Derechos Humanos castiga otras como la apología del odio, la incitación a la violencia o la publicidad que fomente la discriminación o la violencia.

“Ya lo que puede interpretarse como bueno o malo, de mal gusto, adecuado o inadecuado, reprochable y demás no son consideraciones que tenga la ley”, aclaró el asesor.

En la eventualidad, hoy anunciada, de que ninguna de las dos campañas se atribuya la autoría de esa producción, Román aclaró que también podría tratar de determinarse si se trata de una iniciativa particular o si es efectivamente parte de lo que se conoce como una campaña paralela o “manos izquierdas”.

Si embargo, el Tribunal será el encargado de determinar qué procederá en este caso.

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