Por Daniel Jiménez |26 de mayo de 2025, 10:20 AM

El Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos (Triacode), órgano adscrito al Instituto Costarricense de Deporte y Recreación (Icoder), tiene más de dos meses de funcionar a toda máquina.

El Icoder anunció el pasado 20 de marzo que este tribunal no sesionaba por falta de cuórum; sin embargo, ya está completo, con todos los nombramientos y Teletica.com conversó con sus miembros para evacuar algunas dudas.

El Tribunal opera con fundamento en el artículo 69 de la Ley 7800
de Creación del Icoder y está conformado por los abogados:

Presidente: Carlos Umaña Brenes
Vicepresidente: Roger Valverde Sancho
Secretaria: Gioconda Elizondo Navarro
Integrante: Ricardo Chacón Cuadra
Integrante: Kenneth Muñoz Ureña

Todos los nombramientos vencen el 30 de junio de 2028 y aún faltan dos miembros suplentes por nombrar.

Acerca del Tribunal

El Triacode tiene su nacimiento amparado en el artículo 69 de la Ley 7800 y es una instancia en la que pueden acudir entrenadores, jugadores, deportistas, atletas y dirigentes deportivos, luego de agotar completamente la vía administrativa en sus respectivas federaciones, asociaciones, sociedades deportivas u organizaciones, reconocidas como tal por el Consejo Nacional y surgida con ocasión de la práctica del deporte o la recreación.

Una vez agotada la vía interna de la federación o asociación respectiva, sin obtener satisfacción de sus derechos, el tribunal también conocerá de los recursos, las quejas o demandas que planteen los aficionados y el público en general, así como los árbitros, los jugadores, deportistas y atletas, los dirigentes deportivos y cualquier otra persona legitimada, que alegue y pruebe que sus derechos o intereses han sido violados en virtud de acciones omisivas, actos o acuerdos de asociaciones, sociedades anónimas deportivas, órganos federativos o deportivos con poder de decisión por transgresión de la Constitución Política, las leyes, los estatutos y los reglamentos que rigen toda la materia deportiva o se relacionan con ella y, en particular, la presente ley, los reglamentos y los acuerdos adoptados por los órganos del Instituto.

De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, las resoluciones que el Tribunal dicte sobre los asuntos sometidos a su conocimiento agotan la vía administrativa, para los efectos legales respectivos y serán ejecutados por el Consejo Nacional, que tendrá autoridad para ordenar lo que corresponda.

Igualmente, el Tribunal es competente para conocer y resolver de los conflictos que surjan entre asociaciones, federaciones, comités cantonales de deportes y sociedades anónimas deportivas, ya sea en el interior o el exterior de esas organizaciones, como árbitro juris.

Caso sonado

El pasado 13 de mayo del 2025, este Tribunal emitió una resolución en un caso que data del 2016 entre Real Pococí y Liga de Ascenso.

Este caso tuvo una duración de nueve años debido a que se fue a un Tribunal Contencioso Administrativo. Eso sí, una vez volvió al Triacode se vio en tan solo un mes, tanto así, que la resolución llegó hace tan solo 13 días.

Este expediente fue por un tema de la utilización de unos uniformes por parte del club Pococí en un partido ante Aserrí, pero el encuentro no se realizó porque iban a utilizar una pantaloneta de color diferente a la que estaba inscrita ante Competición de Ascenso.

El Triacode ordenó anular los acuerdos y la sanción impugnada. Todo lo anterior por haber sido fundamentada en reglamentos no inscritos
oportunamente, ante el Registro de Asociaciones, de conformidad con lo que disponen el artículo 56 de la Ley N° 7800 y el artículo 55 de su Reglamento General.


En consecuencia, y por no haber Reglamentos que aplicar en el periodo alegado, al no haber nacido a la vida jurídica los utilizados por la entidad demandada, este órgano colegiado resuelve que se declara la violación a los derechos deportivos de la entidad actora por parte del Comité de Competición y Tribunal de Confictos Deportivos, ambos de LIASCE, al haber sido sancionada con reglamentos sin validez jurídica alguna.

Sin pendientes

En estos dos meses que tienen sesionando, los miembros del Tribunal no tienen ningún caso pendiente. Entre cosas y correspondencia han sacado entre 20 y 25 casos.

¿Qué se hace si no hay casos?

El Tribunal tiene ahora una meta y es que están terminando el nuevo reglamento que ponga al día las exigencias digitales.

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