Por Susana Peña Nassar |16 de agosto de 2020, 16:21 PM

El Ministerio de Salud modificó las reglas para el regreso de costarricenses a suelo nacional. Hasta hace pocos días, cualquier ciudadano que ingresara vía aérea recibía una orden sanitaria y debía permanecer aislado por 14 días.

Sin embargo, el Decreto Ejecutivo 42513-MGP-S incorporó, recientemente, nuevas disposiciones. 

“De manera optativa, para que no se aplique la emisión de la orden sanitaria de aislamiento, las personas costarricenses que provengan de un país autorizado por el Ministerio de Salud, de conformidad con el artículo 3° del presente Decreto Ejecutivo y demuestren que han permanecido al menos durante 14 días en el país de procedencia, podrán presentar el resultado negativo de COVID-19 obtenido a través de la prueba denominada PCR-RT, en los términos establecidos por el Ministerio de Salud”, se lee en el documento publicado en el diario oficial La Gaceta.

De esa forma, las autoridades extendieron a los ciudadanos costarricenses los mismos lineamientos aplicados para turistas extranjeros. 

La lista de países autorizados incluye a Japón, Tailandia y China, además Australia, Nueva Zelanda y Uruguay.

Turistas de estas naciones también pueden ingresar: Canadá, Suiza, Estado del Vaticano, Luxemburgo, Irlanda, Principado de Liechtenstein, Principado de Mónaco, Bélgica, Dinamarca, España, Países Bajos, Noruega, Suecia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, Chipre, Austria y Bulgaria.

Además de República de Corea, Croacia, Eslovenia, Estonia, República de Finlandia, Hungría, Islandia, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, San Marino, Singapur, República Eslovaca, Alemania, Francia, Grecia, Italia, Portugal y Rumanía.

“Si viene de un país no autorizado tiene que hacer la cuarentena. Si viene de un país que sí está autorizado y trae una prueba COVID-19 negativa, realizada en las últimas 48 horas, puede ingresar”, explicó Pedro González, viceministro de Salud.