¿Va a firmar un contrato? Revise muy bien la letra pequeña
Un 70% de los reclamos ante el MEIC corresponde a contratos o garantías.
Periodista: David Sibaja.
Le vamos a contar la historia de Ruth Salazar, vecina de Cartago. A ella la sacaron de la casa que alquilaba porque incumplió una de las normas de convivencia que estaban estipuladas en el contrato que firmó; pero ella no sabía, porque nunca leyó el documento y solo puso su firma, ante el apuro por tener casa.
“Me pusieron cosas que no me tenían que poner y yo, por no leer, firmé. Al otro día me echaron, no pude reclamar porque estaba en el contrato”, explicó Salazar, quien ya consiguió otra casa de alquiler.
Al igual que ella, siete de cada 10 personas que hacen reclamos ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) inician trámites por problemas con garantías y contratos (ver nota completa en el video adjunto).
¿Por qué cuesta tanto entender los contratos? La respuesta le va a sorprender, pero en realidad muchos abogados, comercios o bancos escriben tecnicismos al propio para que usted no entienda, así lo explicó Wilberth Quesada, director jurídico de la Municipalidad de Cartago.
“Muchas veces, se hace por una serie de situaciones: desde el abogado que es contratado por la parte para enredar, para utilizar el lenguaje que enrede a la otra parte, que además no lee. Muchas veces, el abogado ni siquiera conoce, porque está utilizando modelos o machotes y no se fija o no tiene cuidado realmente de lo que está redactando”, detalló Quesada.
Frases que establecen obligaciones para firmar hacen que muchas personas se sientan presionadas, pero usted tiene un derecho fundamental cuando está frente a un contrato.
“Yo tengo todo el derecho para formar mi consentimiento, de pedir con tranquilidad que se me lea el contrato o que yo lo lea con calma y, sobre todo, que se me explique lo que no entienda, incluso si son tres o seis hojas”, puntualizó Quesada.
Si una casa comercial, banco o abogado se niega a explicarle un término del contrato; primero, no firme; segundo, tenga pruebas como fecha y hora del suceso; y tercero, denúncielos ante el Colegio de Abogados o la Oficina del Consumidor.