Por Juan José Herrera |27 de enero de 2021, 11:28 AM

Los empleados públicos podrían acusar temas de credo, éticos o morales para no participar de programas de formación o capacitación propias de sus funciones.

Así lo determinaron esta mañana 8 de los 9 diputados que conforman la Comisión de Gobierno y Administración que discute la reforma al empleo público.

Se trata de una adición al artículo 21 del proyecto propuesto por el diputado del bloque Nueva República Jonathan Prendas y que fue secundada por la mayoría del órgano.

“Los servidores públicos podrán informar a la administración por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de consciencia cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras”, cita el nuevo inciso.

Prendas defendió que su propuesta no fue solo respaldada por la mayoría de la comisión sino además de gran número de diputados.

“Es una definición y un contexto equilibrado que viene a solventar un vacío que hay en la administración pública que es la objeción de consciencia”, dijo.

Ese inciso, por ejemplo, permitiría una persona se niegue a participar de discusiones en temas como aborto terapéutico o matrimonio igualitario.

“No es posible que le permitamos a un empleado público dejar de hacer sus funciones por un tema religioso, menos con los avances en derechos humanos que tiene el mundo. No podemos aprobar mociones sin fundamento técnico ni introducir este tipo de cláusulas en una ley de empleo público”, criticó la independiente Zoila Rosa Volio, única diputada que votó en contra.

La discusión de la reforma de empleo público se ha concentrado esta mañana en una serie de definiciones sobre la rectoría del tema (que recaerá ahora en el Servicio Civil), las implicaciones de esto en el tema de remuneraciones y evaluaciones y también la búsqueda de la igualdad en temas de género y experiencia para fines de los procesos de contratación.