Por José Fernando Araya |30 de junio de 2020, 15:48 PM

Este martes los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en primer debate las reformas a la Ley que sanciona la violencia y el racismo en las diferentes actividades deportivas del país.

Los nuevos cambios a la Ley –que data del 2013– buscan reducir y sancionar de forma más severa los actos de violencia y racismo tres horas antes, durante y hasta tres horas después de las actividades deportivas.

Para esto se creará el Sistema de Información para la Seguridad en Eventos Deportivos (Sised) quien buscará recabar, coordinar y respaldar al Ministerio de Seguridad Pública en la labor de prevención y sanción de la violencia y el racismo.

Además, busca sancionar fuertemente a quienes griten, lleven pancartas racistas o bien ingresen a reductos deportivos con armas de fuego.

Dentro de las principales sanciones que busca la modificación a la ley están:

-Expulsión del reducto y prohibición a acudir a eventos deportivos hasta por cuatro años a quien tres horas antes, durante y tres horas después manifieste cualquier insulto racista o forma de discriminación.

-Clausura temporal del recinto deportivo por un periodo de 5 jornadas como local y hasta inhabilitación para organizar eventos por parte de las entidades y agrupaciones deportivas que incurran en actos de violencia y racismo.

-Cinco salarios base a las autoridades, directivos, dirigentes o representantes de las entidades y agrupaciones deportivas, que inciten a sus deportistas, equipos, clubes, o a los espectadores a la amenaza de violencia, a la violencia o a comportamientos y conductas racistas.

-Inhabilitación para ocupar o desempeñar cargos o hasta retiro o suspensión temporal de la licencia para los deportistas, árbitros y jueces deportivos que se dirijan contra otras autoridades o contra el público con actos racistas.

 La sanción deportiva a imponer podrá ser de 1 a 4 años, incluso decretarse el retiro definitivo de la licencia deportiva en caso de reiteración de los actos descritos.

-Inhabilitación definitiva para ocupar o desempeñar cargos en la entidad o agrupación deportiva y retiro definitivo de su licencia federativa a quien tenga una licencia deportiva y se determine su participación activa en los actos, los comportamientos y las conductas violentas, racistas e intolerantes o bien agreda a otra persona.

-Pérdida definitiva de la condición de socio de una entidad o agrupación deportiva por un periodo no menor a 10 años para el aficionado o dirigente que agreda a otra persona o bien incurra en ofensas racistas y de género.

-De 10 a 20 salarios base al jugador profesional, entidad deportiva, árbitros o jueces que incurran en este tipo de actos.

-De cinco a 10 salarios base al jugador aficionado o entidad deportiva, árbitros o jueces que incurran en este tipo de actos.

Las sanciones establecidas en esta ley serán aplicadas por el Ministerio de Seguridad Pública.

Las sanciones se podrían dar tres horas antes, durante y hasta tres horas después del evento deportivo y en una distancia de 5 kilómetros a la redonda.

Las entidades y agrupaciones deportivas tendrán un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, para realizar las modificaciones estatutarias, reglamentarias o de normativa interna que sean necesarias.

Se espera que al final de esta semana se realice el segundo debate de la reforma a esta ley.