Por Juan José Herrera |4 de junio de 2020, 11:33 AM

Los diputados aprobaron este jueves en segundo debate y por unanimidad el expediente 19.438, que castiga con penas de hasta 10 años de cárcel el abandono de adultos mayores en estado de vulnerabilidad.

Se trata de la adición del artículo 142 bis del Código Penal que tipifica el abandono de esta población y los casos de agravación.

La reforma establece que a quien teniendo la obligación de cuidar a una persona adulta mayor la abandone, se le aplicará una pena de 10 a 100 días o de uno a seis meses de prisión.

La sanción será de seis meses a tres años de prisión si a consecuencia del abandono se pusiera en peligro la vida, salud física, mental o social de la persona, siempre y cuando no esté más severamente penado.

Si resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la persona adulta mayor, la pena será de tres a seis años de prisión, mientras que si a consecuencia del abandono ocurriese la muerte de la persona, será sancionado con una pena de prisión de seis a diez años, siempre que no esté más severamente penado.

“Hoy luego de varios meses hemos llegado a este consenso para su aprobación. Me alegra mucho por el trabajo realizado y por la población a la que estamos beneficiando que son nuestros adultos mayores. Tenemos de frente un proyecto que cumple con el requisito de ser visionario, por el alto grado de vulnerabilidad en que viven estas personas.

“El aumento de penas que castiga este tipo de situaciones va más allá de lo punitivo, es algo que indica que esto va cambiando para bien”, dijo la diputada verdiblanca María José Corrales, miembro de la comisión que dictaminó la propuesta presentada originalmente por Fabricio Alvarado en la pasada legislatura.

Largo trámite

El proyecto había sido votado en primer debate el pasado 10 de marzo, sin embargo, fue retrotraído por las variadas dudas de los diputados sobre las penas propuestas.

Los legisladores cuestionaron la severidad de los castigos originalmente propuestos, pues el primer texto posibilitaba el castigo de familiares de estos adultos mayores incluso cuando estos no estuvieran a su cuidado.

Esa posibilidad, según los diputados, abría peligrosos portillos para castigar a hijos de padres ausentes que posteriormente podían reclamar abandono, incluso cuando nunca estuvieron presentes en la vida de estos.

Carlos Ricardo Benavides, de Liberación Nacional, también cuestionó la severidad de castigos que dijo incluso están por encima de delitos más graves, y aseguró que el Plenario está siendo irresponsable en la aprobación de proyectos como este o el recién aprobado de robo de combustible.

Así, un texto sustitutivo aprobado el pasado lunes corrigió parte de estos problemas.

"El texto sustitutivo tiene dos cambios con respecto al proyecto dictaminado. Primero, se deja claro que se castigará a la persona que teniendo la obligación de cuidar abandone a una persona adulta mayor en estado de vulnerabilidad, indistintamente si esta conducta coloca a la persona adulta mayor en estado de desamparo. 

"El otro cambio, radica en precisar que, si ocurre la muerte de la persona adulta mayor, será sancionado con una pena de prisión de seis a diez años, pero esto siempre que no esté más severamente penado, o sea que califique dentro otros supuestos de delitos”, explicó Corrales.

La independiente Ivonne Acuña resaltó la importancia del proyecto aprobado a futuro, pues según cifras que brindó en el Plenario para finales del presente siglo uno de cada tres costarricenses será un adulto mayor, pues la tasa de natalidad en Costa Rica (1.7) está muy por debajo del 2.1, que es la tasa mínima de reemplazo generacional.