Por Juan José Herrera |29 de mayo de 2020, 17:33 PM

La Sala Constitucional le ordenó este viernes al Ministerio de Justicia y Paz emitir un protocolo para atender una eventual propagación masiva del COVID-19 en el sistema penitenciario nacional.

La orden, que se debe atacar en un plazo máximo de 15 días, se originó luego de un habeas corpus presentado favor de una persona privada de libertad quien, debido a una condición especial de salud, es vulnerable al nuevo coronavirus.

“En el trámite del recurso, tanto la autoridad recurrida como el Ministerio de Salud informaron a la Sala Constitucional que no cuentan con un protocolo para atender una propagación masiva del COVID-19 en los centros penales.

“Lo anterior, concluye el Tribunal, lesiona el artículo 21 de la Constitución Política (que señala: “La vida huma es inviolable”) pues no se garantiza la atención a la salud de las personas privadas de libertad”, cita el fallo.

La resolución, que se dictó de forma unánime, señala que el protocolo debe seguir los lineamientos emitidos por la Organización Mundial de la Salud para prisiones y centros de detención.

Entre otros los centros deben tener la capacidad suficiente en camas en las clínicas de los centros penales para atender los casos sospechosos o positivos del virus, así como la posibilidad de construir infraestructura o implementar hospitales campaña en caso de un contagio masivo.

De igual forma deben contar con materiales de protección y desinfección como mascarillas, guantes, respiradores, medicamentos, personal de enfermería y personal médico profesional.