Por Susana Peña Nassar |12 de mayo de 2020, 11:21 AM

La pandemia de COVID-19 no detendrá el proceso para definir lineamientos que guíen la interrupción terapéutica del embarazo en los hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Tal y como estaba previsto, el protocolo será entregado a las autoridades de la institución antes de finalizar el mes de mayo.   

“Efectivamente, la comisión se nombró y este mes se estará haciendo la entrega del protocolo a Junta Directiva para que ellos, a su vez, la trasladen al Ministerio de Salud”, confirmó la doctora Angélica Vargas, integrante del grupo. 

El documento establecerá los pasos a seguir en los centros médicos públicos cuando se determine que un embarazo debe interrumpirse porque la vida o la salud de la madre corre peligro.

Tras la firma de la llamada norma técnica, en diciembre anterior, el Ministerio de Salud dio un plazo de seis meses a la institución para cumplir con el requisito operativo: la Caja se propuso un tiempo menor. 

“La Junta Directiva le da cinco meses al grupo que lo va a elaborar para poder hacer una revisión previa”, explicó la doctora Vargas.

El Gerente Médico de la CCSS, doctor Mario Ruiz, había dicho a Teletica.com que el protocolo debía superar, además, una revisión del departamento jurídico. 

Norma técnica

El documento de 13 páginas, elaborado por el Ministerio de Salud, es la guía que debe seguir el personal médico encargado de valorar los casos relacionados con el artículo 121 del Código Penal. Ahí se establece que el procedimiento solo podrá aplicarse cuando el peligro a la salud o la vida de una paciente “no ha podido ser evitado por otros medios”.

Estos son algunos de los aspectos más relevantes:

  • La mujer será valorada por un grupo de tres profesionales, quienes tendrán que determinar si procede el llamado “aborto impune”.
  •  Una vez solicitada la valoración, los médicos tienen tres días para responder.
  • Si el criterio es negativo, la paciente puede solicitar otro criterio por una única vez.
  • Durante todo el proceso, la mujer debe contar con información comprensible para tomar su decisión.
  • La interrupción del embarazo no podrá aplicarse contra la voluntad de la madre, siempre se requiere su consentimiento.