Por Rodolfo González |NaN de Invalid Date de NaN, NaN:NaN AM

Ya están vigentes las nuevas sanciones para castigar a quien irrespete la restricción vehicular sanitaria. 

La reforma a la Ley de Tránsito, que aumentó de 23 mil colones a 110 mil colones  el monto a pagar por quien viole esa medida, fue publicada en el diario oficial La Gaceta la medianoche del sábado, por lo cual ya se puede aplicar.

Además de la multa por 110 mil colones, al conductor también se le castigará con seis puntos de la licencia y, adicionalmente, se pueden quitar las placas al automotor.

El propio presidente Carlos Alvarado, informó en sus redes sociales de la publicación en el diario oficial, al mismo tiempo que agradeció a la Asamblea Legislativa su ágil labor en la aprobación de esta reforma.

Los diputados y diputados dieron este viernes segundo debate al proyecto, el cual apenas a inicios de semana había sido presentado a la corriente legislativa.

Multas por desobedecer órdenes sanitarias

Esta medianoche también entraron en vigencia los castigos por no acatar una orden sanitaria emitida por el Ministerio de Salud durante la atención de la emergencia generada por el Covid-19.

El castigo queda permitido en una reforma a la Ley General de Salud, que ahora establece multas que van desde uno a cinco salarios base a quien desobedezca una medida de aislamiento.

Un salario base equivale actualmente a 450 mil colones. 

La sanción dependerá de los siguientes aspectos:

a) A la persona con factores de riesgo de un cuadro grave por una enfermedad contagiosa que sea objeto de orden de aislamiento, una multa fija de un (1) salario base.

b) A la persona sospechosa de una enfermedad contagiosa, o aquella que, aún sin presentar síntomas o signos evidentes de dicha enfermedad, sea objeto de orden de aislamiento en razón de ser contacto cercano a un agente causal de la enfermedad, una multa fija de tres (3) salarios base.

c) A la persona que, médica o clínicamente haya sido diagnosticada de una enfermedad contagiosa, una multa fija de cinco (5) salarios base.