Atención: Así funcionará la restricción vehicular sanitaria durante Semana Santa
El Presidente Alvarado anunció que la medida se aplicará, inclusive, en horario diurno.
El Presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció este miércoles nuevas medidas para enfrentar la crisis del COVID-19, entre las cuales destaca la aplicación vehicular sanitaria diurna.
Unas de estas variaciones se aplicarán desde este viernes y hasta el martes Santo, mientras que otras serán del miércoles Santo al domingo de Resurrección.
Los cambios anunciados son los siguientes:
Del viernes 3 al martes 7 de abril
Durante esta semana, no podrán circular vehículos después de las 5:00 p.m. y hasta las 5 a.m., salvo excepciones. Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público y se restringirá el transporte público de larga distancia. Se mantendrán los servicios de alimentación a domicilio.
A partir del sábado 4 de abril, habrá una restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. Específicamente, no se permitirá el tránsito vehicular según el número final de la respectiva placa de circulación:
• Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
• Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
• Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
• Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
Habrá también un reducción al mínimo del transporte público de larga distancia, únicamente dos carreras diarias. Las rutas restringidas corresponden a las que cubren distancias mayores a 75 kilómetros. Esto se acordó en un diálogo entre transportistas y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Habrá cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial. Se permiten los servicios a domicilio.
Durante estos días se mantiene el servicio de taxi.
Del miércoles 08 al domingo 12 de abril
Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos. Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días.
En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:
• Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.
• Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.
• Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.
• Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.
• Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.
También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.
El 13 de abril se retomarán las restricciones vigentes al día de hoy.