Por Juan José Herrera |21 de enero de 2020, 16:43 PM

En la última semana dos grupos de diputados presentaron acciones de inconstitucionalidad contra la norma técnica para el aborto terapéutico, presentada y aprobada por el Gobierno en diciembre anterior.

Las dos acciones tienen motivaciones diferentes, pero comparten un señalamiento en común: la supuesta violación al artículo 21 de la Constitución Política que establece que la vida humana es inviolable.

“Esa norma lo que hace es establecer mecanismos técnicos para aplicar un procedimiento tendiente a salvar una vida. El problema básico es que le tratan de dar al feto más vida que a la persona viva.

“El artículo 31 del Código Civil dice que la existencia de la persona física principia al nacer viva (…) O sea que antes lo que existe es la madre”, dijo tajante Rubén Fernández, abogado experto en materia constitucional.

Esa misma valoración fue compartida por el magíster en derecho público Rolando Segura, quien sostiene que ese cuestionamiento únicamente se ha sostenido por la eterna discusión de cuándo inicia la vida humana.

“Para efectos legales lo que marca la existencia de la vida humana es el desprendimiento del claustro materno. En el Código de Familia así está establecido. Un ejemplo es que se puede heredar un niño en el vientre materno, pero esto no será válido y eficaz hasta que el menor no nazca vivo”, dijo Segura.

La segunda acción, presentada por un grupo de cinco diputados encabezados por el independiente Erick Rodríguez, la socialcristiana Shirley Díaz y el republicano Dragos Donalescu, cuestiona también la intromisión del Poder Ejecutivo en una competencia del Legislativo con respecto a la reglamentación de una ley.

Tanto Fernández como Segura insistieron en que ese cuestionamiento sería válido si la norma no existiera, pero al tratarse de una ley vigente la reglamentación para su aplicación es una potestad totalmente válida del Ejecutivo.

Cuestionamientos morales

La primera acción, presentada el jueves anterior por el bloque indepediente Nueva República, acusa también al Gobierno de “despersonalizar” la vida del feto al calificarlo de “producto” y además cuestiona las capacidades de la embarazada para solicitar un aborto cuando carece de conocimiento o experticia médica.

“Aquí volvemos al primer punto, no se puede achacar la despersonalización de un menor que no ha nacido, legalmente eso no tiene sustento”, dijo Fernández.

“El criterio médico siempre va a ser fundamental, porque si no existe ningún peligro para la madre un médico no va a autorizar un procedimiento de esto, eso es reserva de los especialistas.

“En el otro caso (mantener el embarazo) entraría el respeto al derecho fundamental de tomar esa decisión. Ahí hay un riesgo informado por parte del médico y asumido por la madre, es lo mismo cuando a uno lo van a operar, se trata de salvar un bien mayor. El bien jurídico tutelado es la vida en este caso de ella, ella decide correr un riesgo en función de preservar un bien jurídico del mismo rango”, explicó Segura en el segundo caso.

Ambos expertos aseguraron que en esta discusión deberían primar los principios constitucionales antes de los morales o religiosos.

“Estamos en el siglo XXI, las cosas han cambiado, hace 50 años teníamos otra concepción. Hay que ajustarse a los tiempos”, sentenció Segura.