Por Juan José Herrera |17 de enero de 2020, 17:28 PM

Los diputados del bloque independiente Nueva República cuestionaron los conocimientos y criterios médicos de las embarazadas para solicitar un aborto terapéutico.

Así se detalla en la acción de inconstitucionalidad presentada por los legisladores este jueves en contra de la norma técnica que regulará la aplicación del aborto terapéutico en Costa Rica, presentada y aprobada en diciembre anterior.

La acción, firmada por los legisladores Jonathan Prendas, Ivonne Acuña, Carmen Chan, Ignacio Alpízar, Nidia Céspedes, Marolin Azofeifa y Harllan Hoepelman, se sustenta en el supuesto irrespeto de la norma al artículo 21 de la Constitución Política que señala que la vida humana es inviolable.

Esa ha sido la tesis de la oposición desde el día uno y también el principal argumento de la acción.

“La norma técnica de ninguna manera viene a atender un asunto de urgencia o salud pública, precisamente porque los médicos del Consejo Médico, tienen el criterio sobre cuándo la vida peligra y cómo salvar las dos vidas, a menos que resulte imposible.

“(En su lugar) abre un portillo peligrosísimo cuando en el artículo 7.2 indica que la propia mujer, que no tiene ningún conocimiento médico ni criterio técnico, puede solicitar la valoración médica para el aborto”, afirma la acción, que cuestiona la potestad de la mujer en esa decisión por encima de "médicos con años de pericia".

"¿Cómo, quien no es médico, puede sugerir el aborto?", cuestionaron los diputados.

La norma técnica es una guía para que los médicos valoren los casos relacionados con el artículo 121 del Código Penal, que establece la posibilidad de interrumpir un embarazo cuando la vida o la salud de la mujer está en peligro inminente.

Entre otros establece que la solicitud de interrupción del embarazo podrá ser realizada por los médicos o la propia embarazada, pero en cualquier caso deberá ser sometida a una revisión de tres días por parte de un grupo de especialistas previamente definido que será quien indique si se puede o no realizar el procedimiento.

En el caso de que esa valoración la decisión sea negativa la mujer podrá solicitar una nueva valoración por una única vez; si los médicos la avalan la última palabra será, en todos los casos, de la paciente.

“Esta norma no solo degrada la dignidad humana del gestante al tildarlos de “producto”, sino que no resguarda la vida de éste en iguales condiciones que a la mujer embarazada. Estamos luchando por las dos vidas, pues todos tenemos derecho a vivir”, aseguró Jonathan Prendas.

Los diputados también criticaron que la objeción de conciencia que permite la norma excluye a los médicos provida de los procedimientos de la norma técnica, no así a los médicos proabortistas a quienes garantiza que no serán perseguidos ni discriminados.

“Nuevamente no hay equilibrio”, aseguraron.

Contra la norma también han sido presentados dos recursos de amparo y un hábeas corpus.