Nacional

Sala IV declara inconstitucional recolección de firmas para convocar a Asamblea Constituyente

La resolución la dio este miércoles bajo la sentencia número 20109-013270

Por Juan Manuel Quirós Cavallini |17 de julio de 2019, 15:30 PM

La Sala Constitucional declaró con lugar la acción de inconstitucionalidad contra las resoluciones que autorizan la recolección de firmas para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente vía referendo.

La votación fue de 6 a 1 por parte de los magistrados con la que anularon las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) números 8455-E9-2016 de diciembre de 2016, y 860-E9-2017 de enero de 2017.

Ante esta situación, se ordena a dejar sin efecto el proceso bajo el nombre de “Solicitud de recolección de firmas para convocar a referéndum, por iniciativa ciudadana, el proyecto de ley denominado Ley que convoca a una Asamblea Constituyente”.

En esta misma resolución, se indica que la Constitución Política, en los artículos 105 y 123, dice que, al tratarse de reformas constitucionales, solamente es posible someter a referendo lo concerniente a la aprobación de un proyecto de ley sobre reforma parcial de la Constitución, dejando claro que un referendo no es el mecanismo idóneo para convocar a una Asamblea constituyente.

 “Autorizar el inicio de un proceso de referendo para aprobar la convocatoria de una Asamblea Constituyente, contraría los principios de supremacía y rigidez constitucional”, se lee en la sentencia.

“La reforma general de la Constitución sólo puede realizarla una Asamblea Constituyente convocada al efecto y por una ley aprobada por la Asamblea Legislativa mediante votación calificada”, indica la Sala en el comunicado de prensa enviado este miércoles.

La resolución la dio este miércoles bajo la sentencia número 20109-013270.