Por Teletica.com Redacción |16 de enero de 2018, 10:30 AM

Este martes el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó una resolución que exime a los medios de comunicación de cualquier tipo de responsabilidad por pauta política que salga al aire.

La resolución se da como respuesta a un amparo electoral que el Frente Amplio presentó contra Teletica y Repretel, que decidieron no transmitir un anuncio en el que se mostraban serpientes para  referirse a ciertos políticos.

Ante esto, el TSE indicó en su resolución:

"De ahí que procede descargar de esa obligación a las empresas recurridas así como a otros medios de comunicación ​masiva que sean contratados por los partidos políticos, sus representantes y candidatos para la difusión de pauta publicitaria –en campos pagados por los 30 partidos políticos– durante la campaña electoral". 

"Tratándose de publicidad partidaria difundida a partir de la convocatoria a elecciones, los medios de comunicación no pueden negarse a pautarla. En tales casos, la responsabilidad por las manifestaciones es exclusiva de sus autores, sin que se extienda solidariamente al medio que las difunde", agregó el texto del TSE.

Reacción del canal 7

Para el director de Telenoticias, Ignacio Santos, la anterior “es una decisión justa y totalmente razonable” por parte de la máxima autoridad electoral en el país.

Añadió: “Me parece excelente, extremadamente positivo", que el TSE establezca que "los medios de comunicación no serán civil y solidariamente responsables de las eventuales afectaciones a terceros que causen las publicaciones, únicamente cuando estos mensajes sean publicidad partidaria pagada por la agrupación política durante la campaña electoral".

Incluso, Santos aseveró que hace dos semanas él conversó de este tema con Edgardo Araya, candidato del Frente Amplio, y le indicó que le parecía positivo que la agrupación planteara el recurso ante el TSE. 

"Aplaudo la decisión del Frente Amplio de presentar el recurso y, por supuesto, aplaudo también la decisión del Tribunal", concluyó el director de Telenoticias.

Entre otras consideraciones, los magistrados señalaron que los medios podrán negarse a difundir mensajes pagados si estos contienen insultos soeces.

Ante esto el director de Telenoticias apuntó que “el abogado del Canal solicitará al Tribunal que amplíe y aclare cuáles son los criterios para determinar que un término es un ‘insulto soez’ para en futuros casos poder proceder apegados totalmente a lo emitido por el ente electoral.

Otra excepción bajo la cual los medios podrán no pautar un anuncio es cuando haya propaganda a favor de la guerra e incite al odio contra cualquier grupo de ciudadanos.

Teletica y Repretel deberán pagar las costas y perjuicios al ser condenados en la resolución del amparo, al tiempo que la resolución del TSE no ordena a ambos canales a transmitir la versión original del anuncio del Frente Amplio.