Por Mariela Montero Salazar |12 de mayo de 2024, 8:00 AM

El anuncio del presidente Rodrig Chaves de llevar a cabo un referéndum multitemático sobre una serie de proyectos pendientes en la Asamblea Legislativa ha generado interrogantes. A lo largo de 18 años, desde la instauración de la ley de referéndum, el país solo ha usado este mecanismo una vez.

Además, nunca antes se ha realizado una consulta que agrupe varios proyectos de ley.

Durante su informe de labores el pasado 2 de mayo, el mandatario adelantó al menos siete temas que podrían ser incluidos, entre los que destacan: Ciudad Gobierno, la venta del Banco de Costa Rica y la jornada 4x3.  Sin embargo, en entrevistas previas, Chaves sugirió que la lista final podría incluir hasta 15 proyectos de ley.

Teletica.com conversó con Gustavo Román, asesor del TSE, para abordar cinco preguntas clave y comprender cómo se llevaría a cabo un referéndum multitemático.

1. ¿Cuál es máximo de proyectos de ley que se podrían someter a la consulta?

El artículo 10 de la ley de regulación del referéndum permite la acumulación de distintas consultas en un mismo evento electoral, sin establecer un límite específico. Según Román, esta disposición implica que el TSE podría decidir al respecto una vez que se tenga la lista de proyectos que se someterán a votación.

El vocero además explica que esa decisión se basaría en principios como el derecho del electorado a recibir la información necesaria para tomar decisiones informadas.

2. ¿Cómo cambia el proceso al tratarse de un referedúm multitemático?

Según Román la convocatoria es igual, para lo que existen tres formas: por iniciativa del Ejecutivo, con 38 votos; mediante un decreto Presidencial apoyado por al menos 29 diputados; o por iniciativa popular con el apoyo de al menos 5% del padrón electoral, es decir unas 180 mil firmas.

El proceso incluye un estudio de admisibilidad del TSE y una evaluación de la pregunta que se someterá a votación, así como la cantidad de participación ciudadana necesaria para que el resultado sea vinculante; el mínimo es de un 30% del padrón electoral.

Además, el TSE puede consultar a la Sala Constitucional la viabilidad de someter un tema a referéndum. Hasta la fecha, de los 14 procesos aprobados por el Tribunal, la Sala IV  han detenido cinco.

En este caso, cada proyecto debe analizarse por separado, y es posible que se voten en una papeleta individual; ya que está prohibido obligar a las personas a decidir si o no sobre temas diferentes.

3. ¿Cuánto costaría y de dónde saldría el dinero?

Según estimaciones, el referéndum podría costarle al país más de ¢3.000 millones. Sin embargo, el TSE no cuenta con esta partida en su presupuesto de 2024, lo que implicaría solicitar un presupuesto extraordinario a la Asamblea Legislativa en caso de que se haga este año explicó Román.

4. ¿Cuál sería la fecha límite para hacer el referéndum?

La ley establece que no se puede realizar más de una consulta de este tipo al año, ni seis meses antes ni seis meses después de elecciones. Por lo tanto, la fecha límite para llevar a cabo la consulta propuesta sería el domingo 26 de julio de 2025.

5. ¿Si el 'no' gana, los temas del referéndum quedan prohibidos permanentemente?

Según Román, el resultado del referéndum no otorga una resistencia normativa mayor que la legislación aprobada por la Asamblea Legislativa. Esto significa que los temas aprobados o rechazados pueden ser reformados o modificados en el Congreso en el futuro. 

"Ningún tema queda vedado por haberse sometido a referéndum" aclaró Román.

En 18 años existencia en Costa Rica, el TSE ha recibido 65 solicitudes para una convocatoria de consulta popular, 14 han tenido luz verde; de los cuales tres están en trámite y cinco fueron frenados por temas de constitucionalidad.

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